El día de HOY la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la QUINTA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1° y 144 de la Ley Aduanera; 33, fracción I, inciso g), del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.

De conformidad con el primero de sus transitorios, su entrada en vigor está prevista para el día siguiente al de su publicación en el DOF, con las siguientes excepciones:

…las modificaciones a las reglas 3.7.3., 3.7.4., 3.7.5., 3.7.6., primer párrafo, y 5.1.1.; la adición de las reglas 3.7.35., 3.7.36.; la derogación de la regla 5.2.5.; las modificaciones a las fichas de trámite 124/LA y 125/LA del Anexo 1-A y al identificador “MJ” del Apéndice 8 del Anexo 22, que entrarán en vigor a los 30 días siguientes al de su publicación en el DOF.

A continuación presentamos copia electrónica del documento sujeto a publicación para su consulta y análisis.

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