El día miércoles 12 de mayo de 2021 el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) publicó, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las REGLAS para el Otorgamiento de Créditos a sus derechohabientes tras aprobarlas su Consejo de Administración, en su sesión ordinaria celebrada el 28 de abril de 2021, de conformidad con las atribuciones y facultades establecidas en el artículo 16, fracción IX de la Ley del INFONAVIT en correlación con el artículo 47 del mismo ordenamiento.

Las Reglas para el Otorgamiento de Crédito son disposiciones generales que establecen los requisitos que deberá satisfacer un derechohabiente para tener acceso a una solución de financiamiento del Infonavit (Exposición de Motivos).

Según se desprende de las propias reglas, su objetivo es establecer los términos y requisitos conforme a los cuales se otorgarán los créditos y las garantías a que se refiere la fracción II del artículo 42 y el artículo 43 Bis de la referida Ley.

En su exposición de motivos se asevera que la nueva versión de reglas para el otorgamiento de créditos están alineadas a la reforma realizada a la Ley del Infonavit publicada en el DOF el 16 de diciembre de 2020 e implican una serie de beneficios reales entre los que destacan:

  • Acceso a financiamiento a derechohabientes sin relación laboral.
  • Énfasis en el otorgamiento de créditos para autoproducción, adquisición de suelo, refinanciamiento de créditos hipotecarios y la obtención de créditos sucesivos.
  • Empoderamiento del derechohabiente por la diversidad de destinos para la utilización de su ahorro en cualquier acción de vivienda.

De acuerdo al artículo primero de sus transitorios las reglas entraron en vigor el día siguiente al que fueron aprobadas por el H. Consejo de Administración de ese Instituto.

A continuación presentamos copia electrónica del documento sujeto a publicación para su consulta y análisis.

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