El día lunes 1° de Agosto de 2016 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la RESOLUCIÓN que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito que ajusta tanto la reportería como la periodicidad con la que las entidades reguladas envían información financiera a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

Adicionalmente la resolución también precisa el plazo de proyección para el ejercicio de la evaluación de suficiencia de capital por parte de Instituciones de Banca Múltiple así como los términos aclaratorios para que las instituciones de crédito puedan cumplir en tiempo y forma con la obligación de constituir el suplemento de capital contracíclico.

En términos generales su entrada en vigor es establecida mediante el siguiente artículo TRANSITORIO:

PRIMERO.- La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación, salvo por lo previsto en el artículo siguiente…

Hemos compilado el siguiente documento con el contenido íntegro de la citada resolución (originalmente publicada en 5 secciones) para facilitar su lectura:

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