DEVOLUCIÓN DE ISR RETENIDO Y ENTERADO PARA ESTADOS,
MUNICIPIOS, ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y ENTIDADES
PARAESTATALES Y PARAMUNICIPALES

C.P.C. MARCELO DE LOS SANTOS ANAYA

Integrante de la Comisión Fiscal del IMCP

Como parte de las modificaciones fiscales de los años recientes, entraron en vigor nuevas obligaciones para entidades y dependencias gubernamentales, como la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CDFI) por todos los servicios que vienen prestando; esto, de acuerdo con el capítulo 1.2.7 de la Miscelánea Fiscal para 2014, vigente en este aspecto, actualmente capítulo 2.7.

Si bien ya existía la obligación del timbrado de la nómina para los entes públicos antes mencionados, al llevar a cabo dicho timbrado, podrán acceder al beneficio fiscal de obtener la devolución de las retenciones de ISR enteradas sobre los sueldos que paguen a su personal; esto, de conformidad con el artículo 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal, reformado en 2014.

Si lo deseas puedes seguir leyendo este interesante número de la publicación Fiscoactualidades 2016-25 directamente del documento electrónico preparado por el IMCP…buen provecho.

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