1. Soy una persona física por honorarios y emito comprobantes fiscales de los que imprimieron los impresores autorizados, pero ya están por vencer y deseo saber qué opciones tengo para poder seguir emitiendo comprobantes fiscales de forma impresa.
•Deberá expedir comprobantes fiscales digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria CFDI.
•No obstante, si en el último ejercicio fiscal declarado o por el que hubiera tenido la obligación de presentar dicha declaración, hubiera obtenido para efectos del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $4,000,000.00, podrá optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa con dispositivo de seguridad.
Los requisitos y el procedimiento para emitir dichos comprobantes los puede consultar en el Portal de Internet del SAT, Inicio Información y servicios Comprobantes fiscales Facturación electrónica Facturas impresas con el nuevo dispositivo de seguridad ¿qué debo hacer para emitir comprobantes fiscales con dispositivo de seguridad?.
Fundamento legal: Artículos 29 y 29-B del CFF y Regla I.2.8.1.1. de la RMF 2012.
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2. ¿Los estados de cuenta sirven como comprobantes fiscales para deducir gastos por actos o actividades exentos de IVA?
Sí, los estados de cuenta podrán utilizarse como comprobantes fiscales para efectos de las deducciones o acreditamientos autorizados en las leyes fiscales, tratándose de actos o actividades por las que no se esté obligado al pago del IVA, cuyo monto sea igual o inferior a $50,000.00.
Fundamento legal: Regla I.2.8.2.3. de la Segunda RMRMF 2012.