1. Para el aviso de inicio de liquidación ¿es necesario presentar el formato RX?

Para presentar el aviso de inició de liquidación, no es requisito presentar el formato RX.

Fundamento legal: Ficha 93/CFF, del Anexo 1-A de la RMF para 2012.

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2. Tratándose de la destrucción de mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados, que han perdido su valor por deterioro u otras causas no imputables al contribuyente, ¿cuántas veces podrá efectuarse la destrucción de mercancías en un ejercicio fiscal?

La destrucción de mercancías sólo podrá efectuarse una vez por cada ejercicio, excepto tratándose de bienes perecederos, con fecha de caducidad, en cuyo supuesto, el contribuyente deberán señalar un calendario de destrucción por cada ejercicio.

Fundamento legal: Artículos 87 tercer párrafo, 88 y 88-A del RLISR.

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3. Cuando las personas morales presenten el aviso de cambio de denominación, razón social o cambio de régimen de capital ¿el SAT les asignará una nueva clave de RFC?

No se asignará una nueva clave en el RFC, en estos supuestos.

Fundamento legal: Regla I.2.5.7. RMF de para 2012.

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