El día jueves 14 de abril de 2022 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la RESOLUCIÓN de facilidades administrativas para el sector de Autotransporte Terrestre de Carga y de Pasajeros para 2022 expedida por el SAT con fundamento en las facultades que le fueron conferidas por el Congreso de la Unión para establecer reglas de carácter general, dando continuidad a esta tradicional resolución.

“La RESOLUCIÓN de facilidades administrativas 2022 es considerada una “Resolución de disposiciones de carácter general” y por ende no puede generar obligaciones o cargas adicionales a las establecidas en las propias leyes fiscales en lo que se refiere al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa.- Art. 33, fracción I, inciso g del CFF.

Las disposiciones de carácter general contenidas en la citada resolución buscan simplificar, mediante facilidades administrativas y de comprobación, el cumplimiento de las obligaciones fiscales a contribuyentes del sector del autotransporte terrestre (en sus vertientes de carga y pasajeros) atendiendo a sus características operativas propias.

De conformidad con el primero de sus transitorios el inicio de su vigencia está previsto a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF, aunque gracias a la Regla 1.8. de la RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2022 su versión anticipada, disponible una semana antes en el Portal del SAT, pudo ser aplicada con antelación por parte del grupo de contribuyentes al que va dirigida; adicionalmente, el primero de sus transitorios permite su aplicación retroactiva al 1° de enero de 2022 pero solo tratándose de facilidades, respetando con ello el principio de irretroactividad de la ley previsto en el artículo 14 de nuestra constitución.

A continuación presentamos copia electrónica del documento sujeto a publicación para su consulta y análisis.

Atribución de imagen: Foto de camionero creado por aleksandarlittlewolf – www.freepik.es

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