El día viernes 09 de julio de 2021 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el OFICIO 700-04-00-00-00-2021-289 por el que se da a conocer listado de Prestadores de Servicios Digitales Inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes, en términos del Artículo 18-D, fracción I de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente.

Son objeto de este impuesto los servicios digitales prestados por residentes en el extranjero, sin establecimiento en México, cuando el receptor del servicio se encuentre en territorio nacional (LIVA, art. 16 párrafo 4º).

De conformidad con el artículo 18-D, fracción I de la Ley del Impuesto al Valor Agregado es obligación de los residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, que presten servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional, inscribirse en el RFC, mientras que la misma fracción establece la obligación para el SAT de darlos a conocer, tanto en su página en internet como en el Diario Oficial de la Federación de manera bimestral.

La utilidad de dicho listado estriba en que permite la identificación de aquellos servicios digitales prestados por residentes en el extranjero que, de conformidad con el cuarto párrafo del artículo 16 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente, son objeto de este impuesto por considerarse que el servicio se presta en territorio nacional.

A continuación presentamos copia electrónica del oficio OFICIO 700-04-00-00-00-2021-289, así como de su Anexo 1, que incluye el listado de Prestadores de Servicios Digitales Inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes correspondiente al tercer bimestre de 2021 con información al 30 de junio de 2021.

Share