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doane15Participante
De acuerdo, ya para pulir y dar como resuelto me gustaria que me aclararan las siguientes dudas:
a) En el comentario anterior, podriamos concluir que solo estaria obligado el contratante de presentar la anual si contrata los servicios en un año calendario completo? O en que ejemplos o casos aplicaria la obligacion de presentar la anual.
b) Tengo que hacer la declaracion de la DIM ya que no importa la duracion de la prestacion del servicio que prestase la persona, es correcto?
c) Si no cuenta con RFC el persona a contratar es menester que yo la obtenga o que procedimiento debo seguir?
Hasta el momento son todas las cuestiones que me surgen duda, si se me escapare algo favor de comentar para tener asi un panorama mas amplio al mismo.
- Esta respuesta fue modificada hace 12 años, 3 meses por doane15.
doane15ParticipanteExcelente explicación colega, me quedo claro las implicaciones que este conlleva, ahora el contribuyente accedió a que se le asimilen el salario a las personas que contratara, bien mi duda surge en el Art. 116 ultimo párrafo que a la letra dice:
Art. 116.. Cuando no se calculara el impuesto anual
a) Hayan iniciado la prestación de servicios con posterioridad al 1 de Enero del año que se trate o hayan dejado de prestar servicios al retenedor antes del 1 de diciembre del año por el que se efectué el calculo.A mi apreciación del articulo en comento en este caso y en mi opinión el retenedor (contratante del servicio) no estaría obligado a presentar la declaración anual de la persona prestadora del servicio ya que se contratara iniciando el mes de Septiembre y finalizando el mes de Febrero. Es correcta mi apreciación?
doane15ParticipanteEstoy de acuerdo, les explico el siguiente caso tengo un contribuyente el cual se dedica a la prestación de servicios recreativos, durante los meses de Octubre a Febrero es temporada alta en su negocio y se ve forzado a contratar choferes para la transportacion de personas, los cuales me comento son freelance, partiendo de este comentario que tratamiento fiscal para la deduccion de este gasto?
* Se me ocurre la asimilacion a salario o hay algun impedimento?
Aradezco sus comentarios.
doane15ParticipanteMuchas gracias por tu comentario Admin, si por eso comente el desenlace de mi caso para que sirva como experiencia en un futuro a demas usuarios del portal.
doane15ParticipanteBueno, para empezar los de la agencia automotriz argumentaron que le habian quitado el carro legalmente a su cliente, pero ellos amarraron las operaciones expidiendo un cheque al valor del automovil para simular que lo habian adquirido a un tercero, por consiguiente les pedi que en ese caso me rehiciran la factura como usado ya que no aplicaba su art. 27 del riva por que en el concepto habian manifestado “Automovil Nuevo” que en este caso seria seminuevo para no hacer el desgloze del IVA correspondiente. Por ende solo me cambiaron el concepto y no hubo desgloze de IVA
doane15ParticipanteBuen dia Colegas, para informarles que ya ha sido cambiada la factura, ahora queda la incognita del registro contable y los efectos fiscales que estos conllevan, espero tenga sus puntos de vista, Gracias
doane15ParticipanteDe acuerdo, en estos momentos estoy en proceso de mediar la refacturacion del automovil, veremos en que se desenlaza la historia, gracias nuevamente por su apoyo.
doane15ParticipanteAntes que nada agradezco el tiempo invertido en la emision de tu apreciable opinion.
A lo que percibo en tu comentario, hable directamente con el encargado de contabilidad de la agencia automotriz y efectivamente ellos me argumentaron a lo que recuerdo que aplicaron el art. 127 del RIVA ya que fue por el costo de lo vendido y en este caso no hubo ganancia (disculpas si no me doy a entender, pero es lo que vagamente recuerdo), ahora me queda mas claro y estoy de acuerdo a tu explicacion les argumentare tu apreciacion al Arrticulo en comento que me parece de lo mas logico.
Solo me queda una duda si al refacturarme entonces en la factura tendrian que señalar seminuevo para no desglozar el iva? o que me refacturen como nuevo solo que ahora desglozen el IVA? si me podrias auxiliar por ahi, en caso de un cambio de factura que lo veo demasiado posible les estaria comentando para pasar a la parte II antes comentada.
Reiterando mis mas sinceros agradecimientos al tiempo tomado para contestar, Gracias.
doane15ParticipanteEn este caso, fuen prestamo bancario, por que habia visto que tenia que provisionar el IVA, pero muy digerible su explicacion.
Ahora contablemente para la apertura de un credito por la compra de un automovil los movimientos serian los mismos o cambian.?
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